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ALLANAMIENTO NOCTURNO ¿sí o no?

ALLANAMIENTO NOCTURNO ¿sí o no?
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El Ministro del Interior Heber insiste en los últimos días con la necesidad de implantar el allanamiento nocturno para facilitar la lucha contra el narcotráfico. ¿Justifica modificar la Constitución para habilitarlo? ¿Es suficiente con una ley interpretativa? ¿No se laudó la voluntad del pueblo con el rechazo al plebiscito para vivir sin miedo de Larrañaga? ¿Por qué está permitido en casi todos los países del mundo? ¿No es garantía suficiente la orden de un juez? ¿Posibilitaría excesos de parte de la policía? ¿Si la fundamentación es combatir al narcotráfico, en que cambia allanar a las 3 de la madrugada  o a las 8 de la mañana? ¿Las drogas se desvanecen con la luz solar? ¿No hay que diferenciar entre hogar y negocio? ¿No es una norma antigua la prohibición del allanamiento nocturno?

 

Allanamiento nocturno: NI o SO. Por Oscar Sarlo

1) Sea o no esa la motivación, la habilitación de allanamientos nocturnos no podría limitarse a un tipo de delitos; la reforma “vivir sin miedo” iba en el sentido de establecer una excepción general “para los casos en que el Juez actuante tenga fundadas sospechas que se están cometiendo delitos”.

2) El rechazo de la reforma “vivir sin miedo” no vale para “saldar” el punto, pues fue incluída en un conjunto de otras medidas, todo lo cual hacía que la propuesta fuera moralmente viciada (por demagógica), políticamente inconveniente (porque generaba miedo innecesario) e irrazonable (porque mezclaba cuestiones que debían tratarse por separado).

3) El art. 11 de la constitución dice –casi sin modificación desde 1830- que “El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él

sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez

competente, por escrito y en los casos determinados por la ley.”

Siendo mínimamente analíticos, podemos ver que esa redacción resulta totalmente anacrónica, por varios motivos: (a) “lo sagrado” utiliza una retórica de cuño religioso, que debería haberse eliminado en 1918; si lo que se quería era aludir a lo “inviolable”, entonces es redundante. (b) la distinción entre noche y día, tenía sentido cuando la noche se asociaba al descanso o la intimidad afectiva, y no había turnos de trabajo nocturnos. Cuando la industrialización y la urbanización trajeron los trabajos nocturnos, el “momento hogareño inviolable” bien puede ser en la mañana o en la tarde. De manera que ya no se justifica la distinción. (c) mediando la intervención de un juez, da lo mismo que sea en la noche que en el día. Si alguien pensase que no podemos confiar en los jueces, entonces, de nada vale poner trabas normativas, porque la vigencia de éstas depende de los jueces. Bajo todas estas consideraciones, y otras que omito aquí, claramente el artículo merecería ser revisado para mejorar, no como estrategia de campaña electoral.

4) Mientras tanto no se piense en renovar la constitución, digo que personalmente, siempre he pensado que el punto de los allanamientos nocturnos puede resolverse razonablemente mediante una ley interpretativa (art. 85-20 de la Constitución), como fue propuesto muchas veces (constitucionalista Correa Freitas, diputado Walter De León, etc.),  para aclarar –por ejemplo- que cuando existe una “boca de pasta base” o un prostíbulo clandestino, o una situación de violencia doméstica, etc. ya no puede hablarse de “hogar protegido” en ningún sentido posible. Si era hogar, y estalló la violencia, dejó de ser inviolable; si hay una “boca” o cualquier otro negocio ilícito, dejó de ser hogar, etc. Basta interpretar eso con una fórmula negociada de buena fe por todos, para que el problema se resuelva. Pero claro, cuando un gobierno hace alarde de ejercer una violencia muchas veces gratuita, y se empeña en negar lo bueno que se hizo bajo gobiernos anteriores, no parece ser el mejor clima para acordar esta interpretación sensata que requiere la constitución.

5) la orden del juez, es claramente una garantía suficiente…si vivimos en un Estado de Derecho, esto es, donde los medios de comunicación estén libres de presiones indebidas y “blindajes” comunicacionales, y la oposición sea respetada, y los observadores exteriores no sean ninguneados o escrachados. En fin, mientras vivamos en una democracia plena.

6) podrá haber excesos, como puede haberlos con cualquier poder; pero eso no es consecuencia de normas habilitantes, sino de práctica inhabilitantes del control ciudadano e institucional.

 

Allanando para que aclare por Gonzalo Abella

Para ciertos eslabones de la dinámica del narcotráfico, la noche sigue teniendo muchas ventajas sobre las horas de luz diurna. No hay visores infrarrojos ni cámaras ocultas que nivelen las oportunidades superiores que les sigue ofreciendo la noche.

La noche sigue siendo la noche. En cualquier ciudad “peligrosa” del Planeta, los trabajadores y las trabajadoras usan el transporte colectivo con cierta seguridad en horas de la mañana, pero en lo posible buscan abandonar el Centro y refugiarse en sus hogares antes de que oscurezca. En el universo paralelo del Narcotráfico, no sólo el distribuidor: el consumidor habitual también prefiere la noche.

Desde luego, el golpe principal al narcotráfico nunca pasó ni pasará por detectar la dinámica nocturna de las bocas minoristas. En países como el nuestro, la dolarización de la Economía, por ejemplo, es una excelente oportunidad para el lavado anónimo de dinero. La corrupción de una parte del aparato represivo también ayuda. Pero el narcotráfico a gran escala existe por la voluntad política, y por el interés militar de sus supuestos perseguidores y en especial del Gobierno de USA. En Colombia, para producir 1kg de pasta base de cocaína se necesitan 1000 kg de hojas de coca; las plantas crecen en extensos mono cultivos apenas disimulados, por ejemplo, dentro de un latifundio bananero, cuyas plantas de mayor tamaño se supone que impiden el reconocimiento aéreo. Estos cultivos ilegales podrían ser fácilmente detectados, además, por sus invernaderos adjuntos, por su ingeniería de irrigación, y por el transporte a gran escala de gasolina y ácido sulfúrico que requiere la elaboración de la droga.  La salida de Colombia a México es otro punto vulnerable del tráfico; se usan hasta submarinos artesanales que alijan en puertos de yates, y todo eso es conocido. Después se utilizan miles de túneles en la frontera México -USA para su destino final. Del narcotráfico, la CIA y el Pentágono obtienen los  fondos frescos que no pasan por el control parlamentario y que financian todo su mundo criminal de acciones encubiertas.

El allanamiento nocturno puede ser un recurso complementario en manos adecuadas y en el marco de un enfrentamiento global, serio, contra los “narcos”; pero se vuelve un instrumento de enorme peligrosidad contra el pueblo trabajador en manos de un Gobierno neoliberal. Ahora bien: como en las últimas décadas en los hechos los gobiernos sucesivos han desdibujado las diferencias entre “izquierda” y “derecha”, la actual oposición se ve obligada a cuestionar   los allanamientos nocturnos… ¡con los argumentos del Derecho liberal – burgués!

No hay que olvidar que, desde tiempos de Mujica, el Estado se ha convertido en un Estado agricultor, como hubiera querido Artigas, pero no de alimentos: sólo de marihuana. Junto al interesante estudio acerca del empleo terapéutico del cannabis se ha impulsado el consumo “recreativo”, impulso que trasciende los límites del legítimo derecho al consumo individual. Se ha impulsado este consumo recreativo jugando con fuego en un marco de creciente adicción juvenil y de enorme desesperanza en el futuro.

Pero eso es casi anecdótico ante la gravedad de otros hechos. En los últimos cincuenta años ningún gobernante de nuestro Estado se ha atrevido a decir la verdad sobre el narcotráfico internacional, de cuyas redes nuestro territorio forma parte. Entonces ¿en nombre de qué se practicarían los allanamientos nocturnos? ¿Se miraría después para arriba de la piola y se romperían relaciones con USA?

La crisis del Sistema, acelerada pero no causada por la Pandemia, genera desempleo y hambre. Nos hace prever una agudización de la lucha de clases. En el plano social, el allanamiento nocturno será una herramienta represiva para golpear y atemorizar a los sectores más humildes de un pueblo que recupera el camino de la lucha.

Bien: a falta de una maduración necesaria (e inevitable) de la conciencia revolucionaria, habrá que sumarse por ahora al Derecho liberal burgués para decir no a los allanamientos nocturnos. Pero en nuestro caso aclarando:  no hoy, no aquí.

 

La palabra la tendrán los legisladores por Andrés Scavarelli

El artículo 11 de la Constitución establece claramente que el hogar no puede ser allanado en horas de la noche “sin consentimiento de su jefe”, pero por claro que parezca, ríos de tinta han corrido en lo que refiere a la definición de lo que se considera “jefe” del hogar y de lo que debe ser entendido como “hogar” a los efectos de la autorización para el ingreso nocturno a un inmueble de tal naturaleza.

La especial protección del hogar se da porque este no es solamente protegido por el derecho a la propiedad sino en cuanto a que el hogar es el recinto más sagrado de la intimidad de un individuo humano, es en el hogar donde podemos ser más allá de roles, apariencias, ficciones y presentación, en las calles estamos, pero es en el hogar donde verdaderamente somos en el sentido más sustancial del concepto ser.

Por eso la tajante redacción del articulo constitucional y la utilización de términos espirituales en un Estado de naturaleza laica al referir a la protección del hogar porque al protegerlo se está protegiendo no al inmueble sino la intimidad y esencia personal de quienes allí habitan.

Vale, sin embargo, preguntarse si en el concepto constitucional de “hogar” se está protegiendo a cualquier inmueble, cualquiera sea la actividad que allí se desarrolle con tal de que además sea el hogar de una persona o si el desarrollo de actividades distintas, sean lícitas o ilícitas, ya le está quitando tal protección.

Si entendemos que cualquier inmueble es protegido con el solo requisito de ser el hogar de alguien, por más que se esté cometiendo un delito, y sin que exista autorización del jefe de hogar, entonces no se podría interpretar el artículo 11 en el sentido de habilitar los allanamientos en horas de la noche sin autorización de su “jefe”.

Pero si se entiende que la protección constitucional se refiere a un inmueble en el que de forma única y exclusiva se asienta un hogar y no otra cosa lícita o ilícita, entonces se podría legislar para habilitar los allanamientos en las características antes mencionadas.

Queda claro que, si hay reforma constitucional entonces la polémica sobre su, y valga la redundancia, “constitucionalidad” quedará laudada, pero este camino que ya fuera intentado en las pasadas elecciones no parece el más viable a los efectos políticos.

En definitiva, la constitucionalidad de una autorización legal para la realización de allanamientos nocturnos sin autorización del jefe de hogar dependerá de lo que se entienda como ámbito de protección de la norma, es decir, si se protege a cualquier inmueble en el que haya un hogar constituido o si, por el contrario, la realización de cualquier otra actividad le quita la naturaleza de hogar por más que haya actividades domésticas dentro.

La balanza se encuentra aquí inclinada hacia la primera lectura, pues dado que las normas de derechos humanos deben ser interpretadas en favor de la libertad y derechos de las personas, se tendría que concluir que la más beneficiosa para los derechos y la libertad individuales es no interpretar la norma en modo que restrinja la protección a los derechos de intimidad y libertad.

Pero ante esto, y en un hipotético debate se podrá decir que al permitir los allanamientos nocturnos se está protegiendo una manifestación del derecho a la seguridad humana, a lo que se podría retrucar sosteniendo el principio según el cual las garantías y derechos no pueden ser interpretados en contra de sus titulares, es decir, de todos nosotros.

La palabra la tendrán los legisladores y eventualmente la Suprema Corte de Justicia, y aunque si bien hay una ventaja para quienes sostienen que no es constitucionalmente posible regular el texto en forma restrictiva, quienes estén a favor de autorizar los allanamientos nocturnos por vía legal tienen algunos elementos en los que basar su propuesta sin necesidad de reforma constitucional, aunque no la tienen fácil.

 

 

Sagrado inviolable por Isabel Viana

      Art. 11 – El hogar es un sagrado inviolable.

De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe,

y de día, sólo de orden expresa de Juez competente,

por escrito y en los casos determinados por la ley.

Constitución de la República Oriental del Uruguay

Recuerdo el temor que sobrevolaba las noches durante dictadura. Eran las horas en que se producían en nuestro país y en la región las entradas violentas a las casas y el rapto y desaparición de personas por parte de las fuerzas armadas y policiales del estado dictatorial. Se sabía que mejor no asomarse: se corría el riesgo de ser brutalmente rechazado por las “fuerzas conjuntas”.

Recuerdo que, sin diálogo previo, se destrozó en la noche la puerta de casa y el interior de la vivienda de un matrimonio mayor de origen armenio. Cuando identificaron a los dueños de casa, se hizo evidente que había habido error en la dirección y que nada se buscaba en esa vivienda. Fue durante la noche que se raptó a Michelini y Gutiérrez Ruiz. También de noche se asesinó a los comunistas de la Seccional 8ª. Y de noche fueron ametralladas las muchachas de abril, Diana Maidanic, de 22 años; Laura Raggio, de 19, y Silvia Reyes, también de 19 – esposa embarazada del militante que habían ido a buscar. Y tantos casos más…

Hoy hay frecuentes acciones delictivas nocturnas: robos a estaciones de servicio, a hogares, a comercios, por parte de delincuentes comunes. ¡Tuvieron una buena escuela! ¿Por qué la noche? Porque el control social es menor: la mayor parte de la gente descansa en sus casas. Se ha dicho que de noche todos los gatos son pardos. Que la oscuridad y la baja presencia de gente en las calles dificultan la identificación de quienes invadían e invaden espacios privados. ¿Qué es el control social? Es el ojo del vecino, del viandante, del barrio entero que está en actividad durante el día y en descanso durante la noche. Durante el día es difícil que un operativo no sea presenciado por personas ajenas al mismo, desde viviendas próximas o por quienes circulan por las calles. Ese control, que es un límite, disminuye radicalmente en las acciones nocturnas.

El Estado tiene el control de los espacios públicos y es su deber controlar lo que en ellos sucede, así como garantizar la seguridad de personas y bienes durante el día y la noche. El control nocturno del espacio público es hoy una necesidad civil. Si se trata de una boca de drogas, o del escondite de delincuentes, nada impide ejercer durante la noche la vigilancia o aún el cerco del lugar en el que se sospeche la realización de actividades ilícitas o la presencia de personas buscadas, para proceder a entrar a la finca de día, con causa fundamentada, la debida orden de un juez y el control de la sociedad representada por testigos visuales de lo que esté ocurriendo.

Las normas que definen la manera de convivir propia de una sociedad, no envejecen necesariamente, “…por más que sea una disposición de larga data, se ha conservado no por ser vetusta, sino por su vigencia”, como señalara el constitucionalista Risso.

El establecer que el hogar es un ámbito seguro e inviolable en horas de la noche, es una virtud de nuestra sociedad. Seguro que necesitamos combatir al narcotráfico por múltiples razones. El desafío es resolver el problema sin comprometer los valores propios de nuestro sistema de convivencia, particularmente aquellos que hacen a los derechos de las personas, materializados en los hogares, células de nuestro sistema de convivencia.

 

 

La forma y el como también importan por Edward Holfman

Es un grave error considerar que los ciudadanos que se oponen a la autorización de los allanamientos nocturnos, están a favor de la delincuencia, concepto que he escuchado en estos días, por varios actores sociales y políticos.

Se busca otra forma de modificar la prohibición, dejamos de lado los principios constitucionales, “del hogar sagrado e inviolable” y lo quieren modificar con una ley interpretativa, que defina qué se entiende por hogar, la forma y el cómo también son importantes.

Dos visiones diferentes, los constitucionalistas y por el otro aquellos que afirman que se puede modificar con una ley interpretativa. Pero el problema no termina allí, también tenemos otras dos posturas, aquellos que afirman que este tema ya fue laudado por la ciudadanía con un referéndum el 27 de octubre del año 2019 Plebiscito de reforma constitucional en materia de seguridad, la cual  “no fue aprobada” con el 46.8% de los sufragios y por el otro lado, los que afirman que el referéndum establecía otros puntos a modificar, (4 puntos) por eso no se puede considerar válido que la ciudadanía votó a favor de no modificar, los allanamientos nocturnos.

La experiencia indica que “la noche” no es un gran aliado de las fuerzas de seguridad especialmente de la Policía, la noche es una gran aliado y compañero de los delincuentes y del delito, especialmente del microtráfico y narcomenudeo, la venta ilegal de drogas en las llamadas “bocas”

Los allanamientos nocturnos, pueden generar, persecución de delincuentes que evitan ser detenidos por corredores, techos, patios de las fincas linderas, generar enfrentamientos con armas de fuego entre policías y delincuentes, las balas perdidas y los daños colaterales se incrementan.

Las bocas de venta ilegal de drogas no son atendidas por sus dueños, lo hacen otras personas de menor jerarquía, la “boca” tiene una arquitectura y un diseño del local especial, habitaciones y disposición de las mismas acorde al funcionamiento de la “boca” lo que hace más difícil y peligroso para el personal policial y más difícil en la noche. La boca de venta ilegal de drogas cuenta con delincuentes armados, para defenderse de clientes problemáticos y para defender posibles incursiones de otros delincuentes con fines delictivos, robo de droga y robo de dinero recaudado.

El desconocimiento del lugar es una debilidad para el personal policial que no sabe con qué se va a encontrar, gente drogada incapaz de poder discernir lo que está sucediendo son otros de los peligros que enfrenta el personal policial cuando realiza este tipo de procedimiento especialmente en la noche. Uruguay y Portugal son los únicos Países en el mundo en los que no existen los allanamientos nocturnos.

Datos Oficiales en el año 2018 se cerraron unas 489 bocas de venta ilegal de drogas, en el año 2019 se cerraron unas 562 y en el año 2020 se cerraron 1.182 bocas de venta ilegal de drogas.     Para realizar los allanamientos nocturnos se requiere formar grupos de policías muy profesionales, y equipados adecuadamente, para realizar este tipo de operaciones. No todos los policías están capacitados y entrenados para llevar a cabo este tipo de operaciones. Firmar una orden de allanamiento nocturno es un trámite administrativo, pero un error no forzado en el procedimiento de allanamiento nocturno, puede generar daños colaterales, personas heridas o muertos, la pregunta es ¿quién pagará por esos errores? Creo que todos sabemos la respuesta.

 

Somos los milicos por Esteban Pérez

El asunto de los allanamientos nocturnos trajo a mi memoria una anécdota vivida en el año 72 en el Cuartel del km. 14 de Camino Maldonado; en ese entonces había más presos políticos que militares y todos fuimos sometidos a los eufemísticamente llamados “interrogatorios exhaustivos”. Un compañero al segundo día de tormentos increpó a un oficial diciéndole: “esto es inconstitucional, a las 48 hs. debo pasar a juez”. Entonces el oficial, como respuesta, lo planchó de una piña diciéndole mientras se tocaba el uniforme: “la Constitución somos nosotros los milicos” y de hecho a la vista estaba…

El Ministerio del Interior cuenta actualmente con más que suficientes recursos humanos y técnicos como para bloquear un área durante una noche entera, al alba despertar a los moradores de determinada vivienda y con orden de allanamiento en mano, proceder según manda la Constitución y la Ley.

Uno se vuelve desconfiado y se pregunta por qué tanta insistencia en intentar alterar uno de los pilares sagrados de nuestra constitución (artículo 11). La enseñanza que nos deja la historia contemporánea de América Latina y de nuestro país en particular, es la sucesión de violaciones de la constitución cada vez que las oligarquías criollas, al ver en riesgo sus privilegios, necesitaron desarticular los movimientos populares y profundizar la explotación de los trabajadores (a costa de los salarios y derechos adquiridos), para evitar que resistan.

Siempre se comienza, por ejemplo, con medidas prontas de seguridad y votando leyes tipo estado de guerra para deslizarse hacia un golpe de estado echando mano a la fiera (fuerzas armadas) que tienen en reserva, largándola sobre los pueblos indefensos, contra trabajadores y estudiantes y todo aquel que reclame por libertad y democracia, aunque hayan votado esas mismas leyes, como le ocurrió a Wilson Ferreira.

Tenemos suficientemente claro en el lomo que “la Constitución somos los milicos” como para ser tan ingenuos de pensar que alcanza con la Constitución para frenar las dictaduras o como para no ver que haciendo un chicle con ella se la pueda estirar para dar “golpes democráticos” como sucedió, por ejemplo, en Paraguay, Brasil y Bolivia y están también intentando generar condiciones para ello en Perú.

Cuando a la oligarquía le urja volverá a patear puertas de día o de noche, con ley o sin ella.

Eso es inevitable, salvo que los movimientos populares encuentren las formas y los métodos para frenarlos.

Mientras tanto no hay que dárselas en bandejas, no hay que apoyarle leyes que terminan volviéndose en contra de luchadores sociales y militantes sindicales.

Cuando quieran pasarle por arriba al pueblo que tengan que sacarse la careta formal de “demócratas” y muestren su verdadera cara que es el fascismo como expresión ideológica de la burguesía.

 

 Lo útil y lo imprescindible por Santiago Gutiérrez

Desde el plebiscito impulsado por la campaña “Vivir sin miedo” discutimos fervientemente sobre los distintos caminos para mejorar la seguridad pública. La situación de inseguridad que vivían buena parte de los uruguayos (en mayor medida aquellos que no pueden enrejarse, contratar alarmas y cámaras de seguridad o poner garitas en cada esquina), fue uno de los grandes motivos que llevaron a la derrota electoral del Frente Amplio. La gente no se sentía segura.
No fui un militante ni defensor pro-plebiscito, y sin embargo reconozco que el punto “allanamientos nocturnos” no terminaba de cerrar en un rotundo no.

Principalmente porque el argumento “está en la Constitución” es por demás vacío y conservador. Máxime cuando estamos hablando de un artículo que buscaba preservar los derechos de los hogares, en una época sin luz eléctrica ni semejante problema con el narcotráfico. Un artículo de otro Uruguay.
Sumado a esto, aunque no es de mi agrado generalmente extrapolar situaciones de otros países, no encontramos casi ningún otro país con una restricción similar.

Sin embargo, es necesario separar lo útil de lo imprescindible. Quizás los allanamientos nocturnos faciliten una serie de operativos, que con procedimientos garantistas no lesionen derechos y permitan desarticular distintas bocas.
La previa autorización de un juez (como en cualquier allanamiento), y quizás la utilización de cámaras por parte de los integrantes de las fuerzas policiales, entre otras exigencias, permitirían espantar algunos de los miedos al respecto.

Ahora, dudo seriamente que la medida ataque de raíz el problema del narcotráfico. Las bocas, si bien cumplen un rol nocivo y peligroso sobre todo para las comunidades que las rodean, no son los grandes jugadores de la venta de drogas. El narcotráfico a gran escala es lo que permite y genera el tráfico a menor escala.
Por lo tanto, creo que estamos frente a una discusión de algo posiblemente útil pero no imprescindible y que puede habilitar una serie de riesgos relativos, sobre todo a terceros, como madres y niños.

Y sí, lamentablemente existe una importante cantidad de bocas que además son el hogar de una familia. No de la familia Ingalls,  sino de una familia que tiene una larga lista de carencias de todo tipo. Nos guste mucho, poquito o nada.
Quizás sobre ese problema, que parece ser un círculo multicausal por demás complejo y nocivo para nuestra comunidad entera, deberíamos estar discutiendo más, para encontrar soluciones reales y duraderas.

 

Allanamientos en horario bancario por Sol Inés Zunin

Eficiencia: capacidad de lograr aquello que se busca, con bajo consumo de recursos.

Aplicada a la lucha contra el narcotráfico, una estrategia eficiente podría significar aplicar recursos y esfuerzos en identificar e inmovilizar el dinero de la droga ilegal, para así, por el imperio de la escasez interferir y paralizar su operatoria, de raíz. Porque ¿quién creen que es más importante en la cadena de valor del narcotráfico? ¿El pastabasero que es a la vez vendedor y consumidor o el ejecutivo de cuenta privada del banco? ¿O alguien cree que un comercio tan propicio como el de la comercialización de drogas ilegales podría estructurarse sobre la base de marginales y vendedores ambulantes, sin un andamiaje financiero legal?

Por otra parte, para qué interferir en la operatoria nocturna cuando si realmente quisiéramos asestar un duro golpe a una(sola) boca de pasta base, probablemente la estrategia eficiente sería incautar, en la mañana, toda la recaudación en metálico obtenida durante la noche –aunque las ventas cobradas vía postnet probablemente deban también esperar al horario bancario-.

Pero sinceramente, por más indignación que le produzca la boca de la esquina, señora, señor, hay que reconocer que no es más que una pequeña sucursal de un gran negocio, que beneficia a toda una cadena de valor, que incluye escribanos, abogados y bancos -que permiten recircular los millones recolectados por la totalidad de las sucursales-.

La insistencia en utilizar los recursos del Estado para atacar el flagelo del narcotráfico en sus ramas periféricas sin tocar su núcleo duro, debilitando las garantías constitucionales de toda la ciudadanía, en pos de atrapar a una pequeña porción delincuencial no parece eficaz, mucho menos eficiente y, aún peor, parece buscar legitimar con una argucia aquello que alguna vez se obtuvo por la fuerza. Esencialmente disciplinar.

Por eso no es inocente el lugar que ocupan ciertos crímenes en el ranking de gravedad delictiva. Aquellos considerados  “populares”, o sea, los cometidos por las clases bajas, poco redituables y mucho más perseguidos en relación a su eficiencia, son los que reciben más prensa, exposición y castigo. Por eso en las cárceles uruguayas, de las más pobladas de toda la región, la población carcelaria uruguaya es, básicamente, pobre. Y sin embargo… No hicieron falta las sombras de la noche para dar con el mayor cargamento de cocaína de la historia del país ni tampoco referenciarse en la apariencia delictiva, ¿no?

A plena luz del día

Si nos guiamos por el espacio que ocupa en medios y conversaciones, cualquiera consideraría muchísimo mayor el daño ocasionado por el pastabasero que el de la evasión impositiva -de todos los rubros, legales e ilegales-, facilitada por los ejecutivos de cuenta de la banca privada y que despojan al país de los beneficios de la explotación de sus recursos naturales y humanos. Sin embargo, la realidad es que, en términos económicos, el daño de la evasión es catastrófico y se mide en vidas arruinadas desde el vientre materno, debido a la falta de derechos y servicios básicos como los dealimentación, salud, vivienda y educación. Y al fin y al cabo, parte del dinero que mueven las bocas de pasta base, vuelve al mercado interno. En cambio, la evasión es riqueza que vuela a guaridas fiscales en las que no tributará ni beneficiará a la población que la produjo. Pero como no se trata de elegir entre delitos mejores o peores, lo interesante de allanar un banco sería la multifuncionalidad del golpe. Y además, seguro que desenmascarar y detener la evasión fiscal de las grandes exportaciones cerealeras sería un gran logro para cualquier ministro. Ahre.

 

¿Lo hace menos competente? Por Martín Forischi

Sabida es la búsqueda que tenían desde hace mucho tiempo, cuando fueron a buscar la victoria en el plebiscito de octubre de 2019, me estoy refiriendo a la oposición de entonces, actual Gobierno de turno. Teóricamente desde el 2020 el M. Interior aseguraba resultados positivos, teóricamente M. Interior aseguraba ganar la batalla contra la delincuencia, el narcotráfico, la lucha más importante que tiene el planeta; 487 días después todavía no lo consiguió.

En el número 703 de Voces realicé un breve análisis constitucional que retomaré aquí: el artículo 11 de la Constitución protege el domicilio dándole garantías en la noche al individuo y su familia. No es tan sencilla su modificación; los juristas sabemos que, para que la policía tenga esta potestad habría que modificar varias disposiciones constitucionales, ya que el artículo 11 está ubicado en la Sección II de Derechos, Deberes y Garantías, y la Constitución es coherente, y el mismo no fue agregado allí por capricho.

Estas garantías protegen a todos los ciudadanos, si se limitase, y se usase por error generaría abusos del Estado, por ejemplo, allanando por la noche hay poca visibilidad en los alrededores de las fincas, y esto puede provocar errores, el policía tiene que estar más atento, más lucido, por lo tanto, estas libertades individuales lo que hacen es protegernos contra esos posibles abusos.

Rápidamente en redes sociales algunos me decían: “como puede ser que no quieras que se habiliten los allanamientos nocturnos, si en el plebiscito de 2019 obtuvo un 46,8 % a favor, que ¿acaso no sos uruguayo, no quieres que el país mejore?”. Primero aclaro que en 2019 no hubo solamente un 46,8 % a favor del plebiscito, también hubo un 53,2 % en contra que también son uruguayos, pareciera que solo hay uruguayos a favor de la modificación del artículo 11, y no se deja de ser oriental por no querer la reforma, y aparte de esto, esto no es chauvinismo, esto no es falso patriotismo, dejen de mentir con estas cosas en la política, la política tiene banderas cuando los uruguayos nos juntamos por causas solidarias, pero opinar distinto y argumentando las ideas no nos hace ni buenos ni malos orientales, pensamos distinto.

En octubre de 2019 el antes oposición, hoy Gobierno de turno no ganó el plebiscito por la modificación de la inviolabilidad del domicilio en horario nocturno, esto ¿le disminuye cualidades al M Interior? No, ¿lo hace menos competente? No, por el contrario, el M Interior no necesita de los allanamientos nocturnos para combatir la delincuencia y el narcotráfico en particular, lo tiene que combatir con inteligencia, capacitando cada vez más a sus recursos humanos para qué tengamos una mejor policía. Y ¿por opinar así soy menos oriental que los que piensan a favor de esta administración? No, pero tienen que aprender que no hay una sola forma de pensar, nadie gana una elección presidencial con una sola forma de pensar, y los que creen que estoy esperando a alguien, yo no espero a nadie, pero sepan y lo digo contundentemente y sin ningún temor a la equivocación, que soy de Mujica, que me gusta Vázquez, que me gusta Sendic y que celebro cuando gana el Fa.

 

Una Garantía que da la Constitución por Cristina de Armas

Volvemos sobre un tema ya tratado, se hace además en un momento de tristeza y homenaje al fallecido ministro del interior Jorge Larrañaga.

Muchas veces la desaparición de una figura política vuelve relevante en el sentimiento de la gente validar algunas de sus ideas y anima el apoyo político que antes nunca tuvo. La política democrática diaria es una pulseada constante, un juego de poder entre oficialismo y oposición en el que se buscan lograr como cucardas hechos específicos como pueden ser en uno y otro aprobación de leyes importantes, hacer cesar en su cargo a alguien de peso para el Ejecutivo o lo más significativo, reformar la Constitución.

El articulo 11.- se encuentra en el libro II de la Constitución llamado “Derechos y Garantías”. Así como lo hice en mi nota anterior sobre este tema, llamada “Constitución”, me referiré a las Garantías.

En 2020 los argumentos para su modificación y Reforma de la Constitución eran básicos y simples, la necesidad de combatir el narcotráfico, flagelo no existente en época de la redacción del artículo, la gran cantidad de países que ya no tienen ese impedimento a su fuerza pública y aún más relativizando la importancia de las horas de luz. Desgraciadamente para quienes esgrimían esos argumentos en esos días la policía allana un domicilio en horas del atardecer, legales pero con sus moradores durmiendo, quienes fueron tratados como presuntos delincuentes al haber equivocado la policía su domicilio. Era la casa se enfrente la que buscaban.

Podrá pensar el buen lector que un error no invalida la posible eficacia de la Reforma. La verdad es que no ha dado un resultado relevante en ninguna parte del mundo. Recuerdo al lector sin embargo una verdad que golpea, no existe fuerza en ningún país que supere a la del brazo represor del Estado y que el Estado varía en su ideología con el tiempo. Hoy vivimos en una Democracia Plena, pero no tiene por qué ser así siempre y aunque ni siquiera se piense en dictaduras entendiendo que aún las dictaduras intentan siempre legitimarse bajo el amparo de la Constitución, el Estado puede volverse autoritario sin llegar a ella. Hoy el flagelo que se invoca es el narcotráfico, pero siempre ha existido un flagelo en la sociedad que se podía invocar para reformar esa Garantía que el legislador le quiso dar al ciudadano frente el Estado. “El domicilio es un lugar sagrado»

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