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El caballo y la silla por Hoenir Sarthou 

El caballo y la silla por Hoenir Sarthou 
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“EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA actuando en Consejo de Ministros DECRETA:

Artículo 1o.- Déjase sin efecto el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020.

Artículo 2o.- Lo dispuesto en el artículo 1o se establece sin perjuicio del

cumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la emergencia nacional

sanitaria que se encuentren vigentes y en ejecución con plazo pendiente.”.

(Decreto 106/022 del 5/4/2022)

No recuerdo dónde vi la foto, pero no se me borra la imagen: en un escenario en que no se ve a ninguna persona ni a ninguna construcción, un caballo de buen tamaño está atado a una silla de plástico, de esas livianitas y baratas que se usan en los jardines. Ni siquiera está atado. La rienda está apenas enredada en el respaldo de la silla. Pero el caballo permanece quieto junto a la silla, con mirada nerviosa, como esperando. Quizá mucho tiempo de ataduras más sólidas le hizo aprender que es inútil tironear. Quizá se le enseñó también que apartarse del lugar en que lo colocó el amo trae consecuencias. La cuestión es que el caballo espera quieto, entre resignado y nervioso, atado a la silla de plástico.

El martes de noche, apenas supe del decreto 106/022, que puso fin a la emergencia sanitaria al dejar sin efecto el decreto 93/020, que la había dispuesto, fui a una parrillita de mi barrio a comprar pollo. El cajero, el asador y las mozas estaban de tapabocas. Entré sin tapabocas, saludé, me saludaron (soy cliente habitual), me preguntaron qué deseaba, hice mi pedido, esperé, me lo dieron, pagué y me fui. Ninguna observación, ningún comentario.

Después fui a un supermercadito “Kinko”, que queda a cuadra y media de mi casa, a comprar un litro de leche. Adentro había un empleado y cinco o seis clientes. Todos con tapabocas. Me miraron sorprendidos al ver que no llevaba el mío, pero nadie me habló. Fui hasta la heladera, tomé una bolsa de leche y me acerqué a la caja.

“No te puedo atender si no tenés tapabocas”, dijo el cajero, un muchacho muy joven de mirada inteligente. “¿No te enteraste?”, le dije, “Ya no es obligatorio, se acaba de levantar la emergencia sanitaria”. “Sí, algo oí”, dijo el muchacho, “Pero acá sigue siendo obligatorio”, y me señaló con la vista un cartel pegado junto a la puerta. “Es raro”, insistí, “Acá en el Kinko eran muy reglamentaristas para exigir el tapabocas, ¿y ahora que las reglas cambiaron no las cumplen?”. “No puedo hacer nada”, dijo el muchacho, “Si no tenés tapabocas, no te puedo cobrar”. Estuve tentado de decirle que, ya que se negaba a cobrarme, me iba con la leche y que vendría a pagar cuando decidieran cumplir las reglas, pero realmente él no era el responsable. “Mañana los dueños se informarán y cambiarán las órdenes”, pensé. Así que saqué un tapabocas, me lo puse delante de la boca sin taparme la nariz (el muchacho no dijo nada), le pagué, guardé el tapabocas en el bolsillo y me fui.

Miércoles a mediodía. Ciudad Vieja, cerca de la Plaza Independencia. En muchos comercios, no en todos, los empleados siguen con tapabocas y los clientes también. Es como si nada hubiese cambiado. Sin embargo, saben de las novedades, porque, hasta hace muy poco, los empleados me habrían exigido el tapabocas y algún cliente/a atrevido/a, también. Esta vez nadie me dijo nada.

El decreto 106/022 eliminó toda medida sanitaria obligatoria. Ya no son exigibles tapabocas, ni aforos, ni distancia social, ni acreditar vacunación. Pero dos años son mucho tiempo. Hay conductas y actitudes psicológicas que se hacen carne en la gente. O quizá el miedo, la hostilidad y el autoritarismo estaban ya en la psiquis de muchos y las medidas sanitarias sólo les permitieron aflorar sin vergüenza ni límites.

Desde luego, se puede señalar el absurdo de que el levantamiento de la emergencia se disponga cuando las cifras oficiales de casos, contagios, internaciones y muertes superan en muchas veces a las que había en 2020, cuando se declaró la emergencia. Pero ya sabemos que esta fue siempre una pandemia mucho más política que sanitaria. Hoy el poder económico global está pendiente de la guerra de Ucrania, y nosotros podemos “jugar en el bosque mientras el lobo no está”.

Las leyes y los decretos, en tanto están respaldadas por el poder del Estado, tienden a cambiar la conducta de la gente. Ya sea por obediencia, por conveniencia o por temor. Lo cierto es que, quien quiera hoy exigir una medida sanitaria, no tendrá el apoyo legítimo de la policía, ni de los jueces, ni de otros funcionarios públicos. Y se expondrá además a denuncias y demandas. Por ejemplo, el empleador que exija el uso de tapabocas a sus empleados estará cometiendo un abuso que podría ser considerado un despido y dar al trabajador derecho a la indemnización y a demandar por los daños y perjuicios.

Pero las leyes y los decretos no obran milagros. El miedo, el autoritarismo, la hostilidad, la vocación denunciante y otras miserias humanas fueron abonadas con esmero durante dos años. No desaparecerán por arte de magia. Llevará tiempo lograr que la libertad jurídicamente recuperada sea plenamente efectiva y respetada por todos. Tiempo y quizá alguna acción, ya sea judicial, administrativa o de hecho (siempre pacífica) que convenza a los pandémicos recalcitrantes de que deben respetar los derechos ajenos.

Una aclaración útil: el decreto 106/022 tiene en su parte resolutiva dos artículos que pueden parecer contradictorios. El primero, al dejar sin efecto el decreto Nro. 93/020, dispone sin ningún lugar a dudas el cese de la emergencia y, por ende, caen todos los protocolos y medidas sanitarias obligatorias. El segundo artículo dice que ese cese será “sin perjuicio del cumplimiento de las medidas adoptadas a causa de la emergencia nacional sanitaria que se encuentren vigentes y en ejecución con plazo pendiente.”.

¿Eso significa que algunos protocolos y medidas siguen vigentes?

Esa sería una interpretación muy errónea. Al cesar la emergencia sanitaria, nadie, salvo una ley aprobada en el Parlamento, tiene en el Uruguay autoridad para imponer medidas sanitarias. ¿Qué significa ese artículo segundo, entonces?

En esa duda estaba anoche, tratando de interpretar un texto que parecía contradictorio con el levantamiento de la emergencia dispuesta en el artículo primero, y que por tanto sería inválido, cuando mi amigo D.F. me sugirió una interpretación admisible. “¿Y si se refiere a las medidas no sanitarias, como el fondo coronavirus o el seguro de paro especial?”

  1. F. tenía razón. Esa es la única interpretación compatible con el levantamiento de la emergencia. O sea: las únicas medidas que pueden seguir vigentes, y con plazo pendiente, son las no sanitarias. La forma en que está redactado el artículo es defectuosa, porque puede sugerir otras interpretaciones al no definir exactamente a qué medidas se refiere. Pero la única interpretación válida es la que no contradiga la declaración principal del artículo primero: se acabó la emergencia sanitaria y, con ella, las medidas sanitarias obligatorias y compulsivas.

Todos sabemos, lo digamos o no, que este levantamiento es un respiro transitorio, en medio de un proceso global muy complejo, que apunta a una restructura económica y política del mundo, que necesita de crisis constantes para justificarse.

Eso no impide que recibamos esta decisión con la incomparable alegría de sentir que hoy somos un poco más libres que ayer.

Ojalá la experiencia vivida nos permita ser más desconfiados y rebeldes cuando nuevas crisis, que ya están en agenda, amenacen nuestras vidas y nuestras libertades.

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