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El Uruguay de las pandemias por Ruben Montedonico

El Uruguay de las pandemias por Ruben Montedonico
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Esto no es un verdadero diálogo: es una pantomima. ¿Cómo puede existir diálogo cuando hay decenas de dirigentes presos y centenas despedidos? Este es un proyecto para carneros” (*) y guampudos: Miguel “el Gallego” Gromaz, dirigente sindical de Funsa, al ministro del Interior de la dictadura, Néstor Bolentini, (1973). 

De hace tiempo Uruguay padece pandemias según las necesidades de sectores de la “burguesía nacional” tras el ciclo que superó colonialismo con independentismo, la sujeción paraguaya a sus coordenadas, ingresando al de las apetencias territoriales brasileñas y a la sumisión social de los sectores agroproductores de acuerdo con sus vínculos con el capitalismo central. Cuando se trató de salvar la propiedad privada en Uruguay, parte de las medidas fue alambrar los campos.

El siglo XX Brasil los acoge con cambios en los modos de producción (abolición escalonada del esclavismo) y cambio del régimen de Estado (de monárquico centralista a federalista). Otros países -entre ellos Uruguay- se favoreció ante la situación inestable de confrontaciones y alianzas interestatales europeas, por lo que mucha gente emigró a Sudamérica con capitales, ideas, ciencia e ideologías novedosas, integrándose rápidamente a sectores de clase a los que algunos pertenecían antes de llegar. En Uruguay finalizó ese tiempo con la primer etapa reformista del “batllismo”, la implantación represivo-conservadora de Brum y la dictadura de Gabriel Terra frente a las movilizaciones de resistencia que ponderaban dirigentes como Wellington Galarza y Blas Facal.

Todo dio lugar a nuevas historias y, para la época, obras  faraónicas hechas a pico y pala, a formón y martillo; reunieron lenguas pero también los primeros sindicatos: de lanchoneros -no existía el puerto como lo conoceríamos-; de operarios del transporte urbano de tranvías de caballos –chauffeures– y panaderos.

Hoy, Pablo Viana, diputado blanco, propone a la Comisión de Legislación del Trabajo una serie de cambios a la normativa, entre los que está la obligación sindical de tener personería jurídica, en tanto deroga preceptos que protegen al asalariado. (la negociación colectiva, por ejemplo).

Según se entiende, “este celoso guardián de la legalidad” intenta con su proyecto liberticida borrar lo actuado por el mismísimo Estado uruguayo. Por su lado, la propia OIT señala que se recomienda que los sindicatos tengan personería jurídica, pero de ninguna manera se los obliga a ello.

De otra parte, desde el advenimiento del periodo predictatorial formal que heredó Pacheco Areco a Juan Ma. Bordaberry, las cámaras se afiliaron a la idea de que Uruguay -tomador de precios- debía entenderse como exportador básico de productos del campo, para lo cual “sobraban” algo así como un millón de personas. ¿Para qué se necesitaban tantos arquitectos, maestros, historiadores, musicólogos, psiquiatras, abogados, economistas, científicos…? Todo aquello que tuviese algún valor, debía ser tratado por sectores privados, no siendo necesario que los mismos fueran de capitales nacionales.   Califiqué el proyecto de Viana como texto liberticida y lo reitero; el mismo reza: las “organizaciones sindicales que no cumplan con el requisito de la personería jurídica no podrán ejercer válidamente la representación de sus afiliados ni ninguno de los derechos que les acuerda la ley, estando impedidas de desarrollar cualquier tipo de actividad sindical”. Se trata de un exabrupto mayor en la relación que en principio hace a un lado la inherente representación patronal y enfrenta directamente al Estado como querellante.

El proyecto de Viana (en caso de aprobarse) prevé que los sindicatos deberán acatar la resolución que los obliga a tener personería jurídica menos de 120 días después de publicada la ley. Uno de los capítulos abarca el canon que de realizar “cualquier tipo de medida de fuerza” será acordada “por resolución dictada por el órgano deliberativo del sindicato en sesión celebrada con un cuórum mínimo de tres cuartos del total de sus componentes y votada por mayoría absoluta del total de sus componentes”.

En general, por definición, se acuerda el derecho que tienen los empleados de unirse para la defensa y mejoramiento de las condiciones de trabajo y de la economía. Este es el fin último de las organizaciones sindicales, que no justifica la utilización de medios ilícitos (contando o no con personalidad jurídica), concordante con el Convenio Internacional 87 de la OIT sobre Libertad Sindical. Hace unos años las cámaras uruguayas se inconformaron en la OIT porque debían negociar salarios por rama industrial (colectivamente) y no con cada empresa.; con el proyecto de Viana estamos por segunda vez ante la misma queja previamente desechada.

De acuerdo con nuestra concepción -quizá un tanto démodé en la semántica- los anuncios para atraer militantes a los gremios obreros deben hacer especial hincapié en la especial independencia de la lucha sindical de la lucha política, en eliminar todo lo político-partidario y unificar a la formación en defensa de los intereses del conjunto. En todo caso, cuando Julio Ma. Sanguinetti, ufano, dice ‘yo no perdí ni una sola huelga’ es porque no le tocó una de los frigoríficos en el Cerro de Montevideo, donde voltearon -para gozo de su familia- al comisario Finito(**) montado a caballo, sable en mano, apaleando obreros; la de la antigua UTE (Usinas y Teléfonos del Estado) o la bancaria. Esta última, sobrevino luego de los tres hechos que consideramos más importantes en la historia sindical del Uruguay: los principios de acercamiento para constituir una sola central (1964), El Congreso del Pueblo (1965) y alcanzar la anhelada unidad en 1966.

Hoy dicen que la pandemia se vence con tapaboca, sana distancia y lavándose las manos. Sí, pero sólo en parte. Falta saber cómo se salva de la devaluación, la inflación, el desempleo y la opresión de las patronales, empresarios y sus corporaciones.

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 (*) Esquirol 

 (**) Sanguinario comisario Ángel Roberto Montedónico

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