El 31 de marzo de 2020, el profesor de la Harvard Law School, Adrian Vermeule, publicó, en la revista The Atlantic un ensayo provocador y desafiante, llamado Beyond Originalism. En ese trabajo, Vermeule instaba a los conservadores a abandonar el originalismo, la doctrina que interpreta la Constitución según la intención de sus redactores, y adoptar en su lugar un “constitucionalismo del bien común.”
Para Vermeule, la interpretación constitucional no debía orientarse hacia la protección de libertades individuales ni hacia el significado original del texto, sino hacia la promoción del “bien común,” entendido según la tradición clásica del derecho natural. En esta visión, el Estado posee autoridad legítima para dirigir a las personas, a las asociaciones y a la sociedad en general hacia el bien común, mediante restricciones legales, posiblemente experimentadas inicialmente como coercitivas, que, en última instancia, favorecerían el florecimiento humano.
En Common Good Constitutionalism (2022), Vermeule desarrolló estas ideas de manera más sistemática. En esa obra, el autor sostiene que la tradición jurídica estadounidense estuvo, desde sus orígenes, enmarcada en la tradición clásica del derecho natural, que concibe la ley como “un ordenamiento de la razón hacia el bien común”. Sin embargo, dicha tradición habría sido eclipsada en el siglo XX, cuando el derecho constitucional se escindió entre el originalismo conservador y el constitucionalismo progresista vivo. Ambas corrientes, según Vermeule, comparten un mismo error de fondo: tratar la Constitución como un instrumento para proteger las libertades individuales, en lugar de reconocerla como un ordenamiento orientado al bien de la sociedad como un todo.
¿Qué significa «bien común» para Vermeule?
El desafío principal de la postura de Vermeule radica precisamente en determinar el contenido concreto del bien común. Si bien los conceptos que invoca de la tradición escolástica, tales como paz, justicia, abundancia, moralidad pública, resultan, prima facie, atractivos, su aplicación práctica revela implicaciones problemáticas. Vermeule defiende un Estado administrativo robusto con capacidad para legislar sobre la moralidad pública; impugna la jurisprudencia que reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo, y propugna una postura judicial deferente que otorgue a los poderes políticos una amplia discrecionalidad para perseguir el bien común según la comprensión propia de los gobernantes.
Sus críticos han señalado un eco inquietante de Carl Schmitt, el polémico jurista alemán que, en una larga y controvertida carrera, en la que, por una parte, mostró los límites y dificultades de las seculares democracias constitucionales, por la otra, fue el arquitecto jurídico de la Alemania nazi. La idea schmittiana de que las restricciones liberales al poder son obstáculos por superar, y no protecciones a preservar, permea el proyecto del constitucionalismo del bien común. La diferencia, insiste Vermeule, radica en que su concepción del bien común está anclada en la tradición del derecho natural católico, no en el decisionismo autoritario de Schmitt. Pero la pregunta central persiste: ¿quién decide qué es el bien común cuando existe un desacuerdo profundo? La respuesta implícita de Vermeule, según la cual los gobernantes están limitados únicamente por principios muy abstractos de la ley natural, es precisamente lo que resulta inquietante.
El integrismo jurídico
A partir de su conversión al catolicismo, Vermeule se ha vinculado a posiciones cercanas al integrismo católico, que históricamente ha rechazado la separación entre Iglesia y Estado y ha propuesto la subordinación del poder temporal al espiritual. Aunque Vermeule niega explícitamente que el constitucionalismo del bien común sea mero catolicismo político disfrazado, argumentando que se funda en una ley natural accesible a la razón universal y no en doctrinas reveladas, sus propuestas concretas suscitan inquietudes sobre la compatibilidad entre sus presupuestos filosóficos y el pluralismo democrático. La tensión es real; si bien Vermeule afirma que su teoría puede ser compartida por ciudadanos de distintas tradiciones mediante el uso público de la razón, la concreción de sus propuestas ,qué significado tiene “bien común”, qué autoridades lo determinan, qué márgenes quedan para el disenso legítimo, tiende a reflejar una visión sustantiva del bien que deja poco espacio para la diversidad de concepciones razonables sobre la vida buena que caracteriza a las sociedades democráticas contemporáneas.
Evaluación desde el pensamiento católico
Desde la perspectiva del pensamiento social católico, hay algo legítimo en la intuición de Vermeule: el derecho no puede ser enteramente neutral respecto al bien humano. La tradición clásica siempre ha sostenido que la ley debe estar al servicio de la justicia y del florecimiento de las personas y las comunidades.
Sin embargo, la tradición política católica posterior al Concilio Vaticano II ha desarrollado una comprensión más matizada de cómo perseguir el bien común en sociedades pluralistas. Dignitatis Humanae, la declaración conciliar sobre libertad religiosa, representó un desarrollo doctrinal decisivo: el reconocimiento de que la dignidad de la persona exige que el Estado respete la libertad de conciencia, y que la adhesión a la verdad debe ser libre para ser auténtica. Vermeule parece ignorar o minimizar esta enseñanza, lo que debilita considerablemente la pretensión de que su propuesta se inscribe fielmente en la tradición católica.
El problema fundamental radica en que Vermeule ofrece una crítica poderosa del originalismo sin proporcionar criterios operativos para resolver las disputas sobre el contenido del bien común. En una sociedad donde existe un profundo desacuerdo sobre cuestiones morales fundamentales, la apelación a la ley natural no resuelve el problema político: simplemente lo desplaza a otro nivel de abstracción. ¿Quién interpreta la ley natural con autoridad vinculante? ¿Cómo se resuelven las disputas entre interpretaciones rivales? ¿Qué mecanismos institucionales impiden que la invocación del bien común encubra la imposición de una visión particular?
Sin respuestas satisfactorias a estas preguntas, el constitucionalismo del bien común corre el riesgo de convertirse en aquello que sus críticos más temen: una cobertura teórica sofisticada para el ejercicio arbitrario del poder por parte de quienes se arrogan el conocimiento del bien.






