La Justicia, ¿ayuda a mejorar o empeorar? por Ignacio Martínez

Moisés Martínez mató a su padre en mayo del año pasado. Hoy este joven tiene 28 años, pero por este asesinato, tomó estado público que desde que era niño el padre abusaba de él y de sus hermanas, violencias que se dieron durante años.

La fiscal Sabrina Flores pidió que se procesara a Moisés con una pena de 18 años. Marcos Prieto, abogado defensor, solicitó absolución porque, entre otros argumentos, el muchacho cometió el crimen en el marco de una intensa conmoción provocada por el sufrimiento crónico producto de violencia intrafamiliar. (Libro I – Parte General - Título II – De las circunstancias que eximen de pena Capítulo III – De las causas de impunidad. Artículo 36).
El resultado fue que la jueza, María Noel Odriozola, impuso una pena de 12 años de cárcel.

¿Se falló correctamente? ¿Se tuvieron en cuenta todos los elementos que transcurrieron durante años? ¿Esta pena corrige o agrava?

Durante el juicio, los hermanos adujeron que padecieron agresiones de tipo sexual, abusos físicos, torturas, además de las consabidas agresiones psicológicas y extorsiones con graves consecuencias, sobre todo en niños y niñas

Sara, la hermana de Moisés, dijo que la sobreviviente (de esas agresiones y siendo niña, agregamos) habla cuando puede, respondiendo a la afirmación de que durante largo tiempo no hubo denuncia de los damnificados, como si denunciar fuera como prender o apagar un televisor.

Hubo sí denuncias. En el 2010 una de las hermanas de Moisés contó en su escuela sobre los abusos sexuales a los que era sometida por su padre. Ahí el hombre fue condenado a un años de cárcel. No aparecen denuncias posteriores, es verdad, pero muy lejos está de que, por eso de ausencia de denuncias, haya un perdón legal como adujo la jueza.

Frente a hechos de agresiones similares que recogí en mi libro “El abrigo de la colmena”, recuerdo que una leguleya afirmó que “si no hay penetración, no puede considerarse abuso sexual”. Por suerte, creo, esa pobre afirmación, propia de una también pobre concepción del sexo, ha quedado en el parecer de esa persona de las leyes.

La verdad es que, al margen de las consideraciones legales para procesarlo, que las respeto mucho, o las normas que dicen que se lo puede exonerar aplicando el artículo 36, que han llegado a afirmar que no es tan relevante porque sólo se aplicó una vez, como si eso redujera el valor de las normas, el caso Moisés hay que tratar de abordarlo en todos sus términos.

Después de aquellas agresiones del 2010, ¿hubo seguimiento del caso, cobertura a las víctimas, procura de una equiparación o superación de los traumas ocasionados? ¿Cuántas visitas de asistentes sociales o psicólogos tuvieron aquellos niños? Moisés tenía entonces 12 años. ¿Hubo un Estado ausente o presente? ¿Qué rol cumplió el Poder Judicial luego de las agresiones y de la libertad de agresor entonces, hoy asesinado?

Por supuesto que no vamos a opinar a favor de la justicia por mano propia. Vamos a apelar a la justicia que proteja, ampare, procure superar los estragos que dejan esos delitos de violencia sexual, psicológica, familiar.

Tampoco vamos a invocar una tardía defensa propia por parte de Moisés. Estamos invocando que la Justicia y sus asesorías, tengan un criterio más amplio, formador, recuperador, sanador de estas víctimas como Moisés y sus hermanas, que construyan vidas y no las destruyan, que recuperen vidas y familias y no las terminen de destruir. Sobre todo, en estos tiempos, donde sabemos a los gritos que las cárceles no son un sitio de recuperación. Lo triste es que, si no hay revisión, Moisés va a la cárcel, pero otros delincuentes confesos y aberrantes negocian y logran prisión domiciliaria y hasta solo nocturna, con alguna tobillera. En fin…    

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