FUNCIONA SI PODES
Pudimos ver en la pasada columna los requisitos para formar un club cannábico en el Uruguay y quedar legalmente habilitado para solicitar una licencia de plantación, cultivo, cosecha y acopio en dicha modalidad. En el día de hoy y continuando con este intento de trasladarles la realidad de los clubes veremos todo lo requerido para funcionar como tal y no morir en el intento.
Solo algunas disposiciones legales nos hablan al respecto de los clubes cannábicos y sobre su funcionamiento, se limitan a decirnos que deben ser asociaciones civiles con una única sede social y no dan mucha más información sobre el tema, delegando la tarea de indicar las condiciones para su funcionamiento en el Instituto de Regulación y Control del Cannabis. Más precisamente en la Junta Directiva del IRCCA la cual por Resolución N°9/2018 aprobó la guía de habilitación y funcionamiento de los clubes cannábicos generando, recién desde ese año, la seguridad jurídica necesaria en cuanto a los requisitos, hecho que antes de la mencionada disposición no era para nada uniforme en cuanto a su aplicación e intensificó el contacto entre clubes para conocer todos esos detalles, derivando en última instancia en la presente Federación de Clubes Cannábicos del Uruguay (FECCU).
Se habla de que es una asociación civil sin fines de lucro, pero ¿cómo funciona la misma?
La asociación civil, como persona jurídica, siguiendo la teoría de la organicidad, expresa su voluntad y está dirigida por una Comisión Directiva la que es electa y se integra con tres miembros a saber: Presidente, Secretario y Tesorero con sus respectivos suplentes que ocuparán sus lugares en caso de ausencia o incapacidad de los titulares. La misma debe reunirse como mínimo una vez al mes para tratar los temas inherentes al club y dejar constancia de sus resoluciones en el libro de actas de la comisión a los efectos de tener una guía interna sobre el manejo de la asociación civil y un orden para la posterior presentación del balance.
El órgano máximo de dirección y voluntad de una asociación civil es la Asamblea General, la que está compuesta en este caso por todos los socios habilitados del club. Debe reunirse como mínimo una vez al año y aprobar la gestión de la Comisión Directiva según el balance anual presentado por la misma en esa oportunidad, pudiéndose plantear todos los temas e inquietudes que los socios tengan sobre el manejo de la asociación. Pero, además, la asociación civil cuenta con una Comisión Fiscal o una Sindicatura que es la encargada de ejercer el control interno de la Directiva y del correcto funcionamiento de la misma durante todo el ejercicio anual, pudiendo presentar informes en contrario e incluso convocar a una asamblea extraordinaria en caso de que lo considere pertinente.
Esta muy escueta descripción sobre el funcionamiento de una asociación civil es simplemente para que visualicen que no es tan sencillo gestionarla y mucho menos hacerla funcionar, teniendo muchas instancias de pienso y revisión para la directiva y para quienes la gestionen, siendo apto el control de los socios en caso de precisarlo. Para terminar con este tema debemos decir que el control de los libros, y demás temas relacionados al manejo de la personería jurídica del club, no le corresponde al IRCCA sino al MEC en su calidad de tal.
El otro aspecto que nos dicen las normas es que el club tiene una única sede social donde deben desarrollarse todas las actividades sociales; Pero, ¿cómo debe ser la misma? ¿cuáles son sus requisitos mínimos? Para ello debemos volver a las Resolución Nº9/2018 donde el IRCCA establece lo siguiente con respecto a la seguridad requerida.
Lo primero que debemos decir es que los cultivos exteriores y las plantas deberán estar ubicadas en lugares seguros fuera de la vista de terceros, procurando evitar la accesibilidad a las mismas, a su vez, los cultivos interiores, en zonas urbanas, deberán tener instalado un sistema de filtro de aire, que sea preferiblemente carbono, para evitar la salida de aromas al exterior.
La propiedad que vayamos a utilizar como sede debe contar con un sistema de alarma con respuesta ya sea de una empresa contratada o con respuesta personal. El espacio perimetral y la azotea deben tener seguridad (cercos eléctricos, barreras electrónicas o cualquier otro mecanismo de seguridad) conectada a la alarma. Todas las aberturas de la propiedad deben contar con medidas de seguridad apropiadas ya sean rejas, tapas o puertas blindadas que impidan el acceso a terceros, también se podrán solicitar sensores de apertura en las puertas y/o las ventanas y sensores de humo conectados a la alarma con extinguidor de fuegos en la sala y/o invernadero dónde existan artefactos eléctricos.
En caso de contar con sistema de video vigilancia, ya sea a nivel interior o exterior, se recomienda dejar el DVR en un lugar seguro y de acceso controlado ya que los responsables del club deben asegurar que todo el equipo de vigilancia se encuentre en funcionamiento de forma permanente.
Las áreas destinadas al secado y al acopio de cannabis deben tener seguridad reforzada y el lugar donde se almacene el acopio deberá estar amurado a la pared y al piso, debiendo tener seguridad en sus puertas. Si se utiliza un espacio del edificio ya existente, el mismo deberá contar con reja y cerradura de seguridad o candados anti cortes.
Como podemos ver en todas estas disposiciones de la resolución que comentamos, y si lo sumamos al hecho de no poder hacer publicidad con respecto a su existencia, producción o trabajo, lo que prima con respecto a los clubes es un criterio de ocultamiento y secretismo como pretexto de una búsqueda de protección y seguridad. Se genera la necesidad de no ser visibles, la necesidad de evitar olores, se deben cumplir estrictas medidas de seguridad y documentar toda la actividad y el funcionamiento, entre tantas otras cosas, por lo tanto, pensar que es una actividad poco controlada no es de recibo y ya pueden ver toda la seguridad requerida previo al funcionamiento propiamente dicho de la misma.
La sede elegida deberá contar con un área de uso social para desarrollar las tareas de entregas o cualquier otra actividad de los asociados y con un baño habilitado para uso de los mismos.
En el ejercicio de su actividad el club será responsable de mantener actualizada la información en el portal de clubes, registrando todas las etapas y actividades de plantación, producción y distribución del cannabis entre los miembros, así como la gestión de las altas, bajas y actualizaciones de los datos de los miembros inscriptos.
En cuanto al funcionamiento del club, el IRCCA estipula que se deberán declarar los días y horarios de actividad al momento de registro, teniendo como mínimo un funcionamiento de dos días por semana durante tres horas en horario laboral (08 a 16hs), pudiendo solicitar autorización en caso de necesitar una habilitación especial. El instituto puede fiscalizar en cualquier momento del horario declarado, debiendo avisar previamente en caso de no encontrarse nadie de la asociación civil para recibir a los inspectores.
El ingreso a la sede del club es exclusivo para sus socios, quedando prohibido el ingreso a toda persona que sea ajena al mismo, salvo autorización expresa de IRCCA (presentando el formulario, disponible en la web del Instituto). Imaginen la complejidad para solucionar algunos problemas urgentes que se suceden en el desarrollo del objeto social, por ejemplo, los temas de plomería y/o electricidad, cuando para el ingreso de un tercero es necesario hacer un formulario, esperar la autorización y luego entrar a solucionar el problema que en la mayoría de los casos no espera e implica perder o comprometer todo el proceso de cultivo. Ante la urgencia o la inminente necesidad, es una de las principales faltas que cometemos los clubes, cuando en realidad sería mucho más fácil contar con un libro de registros de visitas que deje la constancia, facilitando la fiscalización y el funcionamiento en la aplicación de esta importante política pública que no nos puede obligar por negligencia o incapacidad a ser poco resolutivos e ineficientes.
Lo que si está totalmente prohibido, sin excepción alguna, es el ingreso de menores de edad a las instalaciones del club, hecho que no puede sorprendernos luego de la visión y le enfoque que surge del análisis de la normativa existente en la materia.
Fuera de los horarios de funcionamiento expresados se prohíbe realizar cualquier actividad, salvo las de mantenimiento de cultivos y/o limpieza y mantenimiento del local social. Esto nos plantea una problemática que se da ante el impedimento de desarrollar la parte social del club y todo lo que implica, sobre todo la cohesión de los asociados, en el intento de mantener la actividad de la asociación civil.
Otra situación para nada menor en importancia y que debemos mencionar es que ningún socio, ni el responsable técnico podrán vivir en las instalaciones del club trayendo diversos problemas aparejados con este impedimento a la hora de garantizar la seguridad necesaria, sobre todo en ciertos momentos de la actividad social como es la cosecha y sus días previos donde se sufren los peores daños ante los robos y las plagas o demás problemas existentes en un cultivo.
Todas estas disposiciones vistas y analizadas son requeridas en su totalidad para poder habilitar el funcionamiento de un club, incluso en la etapa previa a recibir la habilitación definitiva significan, en caso de no cumplirse, un obstáculo para la obtención del visto bueno por parte del equipo de fiscalización que en caso de encontrar anomalías o insuficiencias al respecto no otorgaría, hasta que las mismas sean subsanadas, la aprobación del expediente para que la Junta Directiva del IRCCA conceda la tan esperada autorización de licencia.
Como pueden ver ya se va la segunda entrega de esta columna denominada las peripecias de formar un club cannábico en Uruguay y todavía no comenzamos a ejercer el objeto de la asociación civil que es el cultivo, la cosecha y el acopio de cannabis. Si me acompañan en la próxima y última columna de estas peripecias, la idea va a ser contarles todos los avatares de esta complicada pero hermosa tarea de emprender un club.
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